En un informe conjunto, la Organización Meteorológica Mundial de la ONU y la agencia climática de la Unión Europea Copernicus han advertido que Europa es el continente que se calienta más rápido, aproximadamente el doble que la media mundial. Este mismo documento indica que las temperaturas en Europa están a 2,3 grados por encima de los niveles preindustriales, mientras que a escala mundial son 1,3 grados. Este clima extremo provoca un aumento en las olas de calor, incendios forestales, sequías e inundaciones que ponen en riesgo los derechos humanos de las personas, la economía y la gobernanza mundial.
Parece evidente que el compromiso con el ambiente y la importancia de la justicia climática emerjan como pilares fundamentales de la agenda mundial, ya que no solo moldean nuestro presente, sino que también definen el rumbo de las generaciones venideras.
El reconocimiento por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas del derecho humano universal a un ambiente limpio, sano y sostenible ha sido clave en el desarrollo y acceso de una justicia que permita proteger el ambiente, los derechos humanos y promover la rendición de cuentas en las instituciones públicas, ya que cada vez son más personas las que se presentan ante los tribunales alegando vínculos concretos entre los derechos humanos y el cambio climático.
El aumento de los litigios climáticos ha irrumpido en la escena legal como una poderosa herramienta de vanguardia para cambiar la dinámica de la lucha contra los daños ambientales. El Informe Mundial sobre Litigios Climáticos: Revisión Global de 2023 del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente demuestra que cada vez más personas recurren a los tribunales para frenar los impactos negativos sobre nuestros entornos naturales. Hasta diciembre de 2022 se presentaron 2.280 demandas relacionadas con el clima en distintas instancias procesales.
Recientemente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) falló a favor de las conocidas como KlimaSeniorinnen (Mujeres mayores por el Clima), donde casi 3000 mujeres suizas de más de 65 años acusaron al gobierno de su país por la inacción ante el cambio climático, alegando que las olas de calor amenazan su vida y su salud. Es la primera vez que el TEDH ha condenado a un Estado por este motivo y se ha pronunciado sobre la relación entre el cambio climático y su afección a los derechos humanos, por lo que es un triunfo sin precedentes. Además, esta sentencia resulta aplicable para todos los estados del Consejo de Europa, por lo que también afectaría a España, lo que podría suponer un cambio en cuanto al litigio climático español, ya que el pasado mes de julio fue desestimado por el Tribunal Supremo.
En todo este contexto, a nivel europeo parece existir una pretensión de elaborar marcos legales y normativos que aborden los daños ambientales a través del derecho penal. Así, el Parlamento Europeo aprobó el pasado mes de febrero la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal y por la que se sustituyen las Directivas 2008/99/CE y 2009/123/CEdonde actualizaba la lista de delitos ambientales, incluyendo el comercio ilegal de madera, el agotamiento de los recursos hídricos y los “daños sustanciales” a los ecosistemas. Debido a esta medida, tanto los particulares como representantes de empresas pueden enfrentarse a penas de prisión que van desde los 5 a los 10 años, dependiendo del delito cometido. Igualmente, deben restablecer el daño ambiental y enfrentarse a multas de hasta el 5% de su facturación mundial anual, o una multa que puede ir de 24 a 40 millones de euros. Además, esta nueva Directiva de delitos ambientales incluye el denominado “delito cualificado”, que supone la destrucción de un ecosistema y que es “comparable al ecocidio”, como los incendios forestales a gran escala o la contaminación generalizada del aire, el agua y el suelo. Así, la Unión Europea es el único y primer organismo internacional que ha tipificado como delito los casos comparables al ecocidio. Ahora los Estados miembros tienen dos años, hasta 2026, para incorporar la directiva actualizada a su legislación.
Esta nueva normativa que los expertos califican de revolucionaria supone un gran paso para lograr el reconocimiento del delito de ecocidio. Concretamente, en junio de 2021, la Fundación Stop Ecocidio convocó un Panel Internacional de Expertos Independientes, del que formó parte la Fundación Internacional Baltasar Garzón (FIBGAR), donde redactaron y anunciaron una propuesta de definición consensuada de ecocidio con la intención de incorporarlo como el quinto crimen internacional del Estatuto de Roma. En este sentido, recientemente, el fiscal jefe de la Corte Penal Internacional, Karim Khan, en una entrevista con la AFP en febrero de este año, declaró su intención de que el tribunal comenzase a juzgar los crímenes ambientales sin necesidad de modificar sus estatutos fundacionales, ya que afirmó que los daños ambientales son, a menudo, la causa o la consecuencia de crímenes de guerra o crímenes contra la humanidad. De esta manera, una grave destrucción ambiental podría constituir un crimen de guerra o un crimen contra la humanidad, junto con otras violaciones, y podría ser juzgado frente a la Corte Penal Internacional. Khan ha declarado que tiene la intención de publicar en diciembre de este año un documento que establezca el marco jurídico de los delitos contra el ambiente sin la necesidad de incluir un quinto delito a los ya establecidos en el Estatuto de Roma.
A pesar de este avance en materia ambiental, es necesario que la Corte Penal Internacional centre su atención tanto en los agentes estatales como no estatales como posibles autores de delitos contra el ambiente, incluyendo la responsabilidad de las empresas. El sector privado contribuye de manera significativa al cambio climático y al calentamiento global, por lo que, si no se presa atención a los agentes empresariales, los crímenes contra el ambiente no se podrán abordar eficazmente.
Aun así, se puede observar que recientemente se han llevado a cabo diversas acciones dirigidas a mitigar, frenar y evitar los daños ambientales. Esto supone una mayor presión que fomenta la adopción de medidas más específicas y sofisticadas para tratar de paliar el cambio climático y sus efectos negativos sobre nuestros derechos humanos y la gobernanza mundial.
El Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático de la ONU (IPCC) en su Informe de Síntesis del Sexto Informe de Evaluación afirma que actualmente existen y están disponibles diferentes maneras viables y eficaces de luchar y adaptarse al cambio climático provocado por el ser humano. Sin embargo, nos recuerda que el desarrollo resiliente al clima se vuelve cada vez más complicado con el aumento del calentamiento global. Por ello, las acciones o inacciones que tomemos en los próximos años serán clave para la determinación de nuestro futuro y de las generaciones venideras.