Los cuatro magistrados del Tribunal Constitucional (TC) que se han opuesto a anular la condena de la exministra socialista y exconsejera andaluza Magdalena Álvarez por el ‘caso de los ERE’ han señalado que esa decisión, tomada por la mayoría progresista de la corte de garantías, causa un daño institucional difícilmente reparable porque supone invalidar lo sentenciado sobre la –a su juicio– causa de corrupción más importante de la historia reciente de España, al tiempo que advierten de que genera un riesgo sistémico de impunidad.
Así lo ha informado el TC en relación al voto particular del magistrado César Tolosa, al que se han adherido los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel, contra la sentencia del TC que ordena a la Audiencia de Sevilla rebajar a Álvarez los nueve años de inhabilitación a los que fue condenada por un delito de prevaricación en esta causa.
En concreto, el tribunal ordena a la Audiencia que dicte un nuevo fallo que excluya los hechos relacionados con la aprobación de los anteproyectos y proyectos de ley de Presupuestos y de modificaciones presupuestarias amparadas por dicha ley en los años 2002, 2003 y 2004.
Para los cuatro magistrados discrepantes, del ala conservadora del TC, el recurso de amparo presentado por la exministra debió ser desestimado porque la condena no vulneró su derecho a la legalidad penal, según ha comunicado este miércoles la corte de garantías.
A su juicio, la sentencia de sus compañeros que anula la condena de Álvarez ha devastado los límites de la jurisdicción constitucional, al irrumpir en el ámbito reservado a la jurisdicción ordinaria y suplantar la función del Tribunal Supremo como máximo intérprete de la ley.
Tolosa considera que la decisión de anular sentencias dictadas por el ‘caso de los ERE’ supone rectificar por primera vez desde que el Tribunal Constitucional entró en funcionamiento al Tribunal Supremo en la interpretación de un elemento recogido en la descripción objetiva de la conducta delictiva.
RIESGO SISTÉMICO DE IMPUNIDAD
Llama la atención sobre que no se dedique ni una línea a recoger la, según él, impecable argumentación desarrollada en la sentencia del Tribunal Supremo por la que considera que los hechos constituyen un delito continuado de prevaricación.
Bajo su punto de vista, la sentencia que dicta el TC consagra un inexistente principio de irresponsabilidad de los miembros del Gobierno, ajeno a la Constitución, y sitúa a los miembros del Gobierno por encima de la ley, lo que derrumba –en su opinión– los propios fundamentos del Estado de Derecho e incumple los compromisos internacionales adquiridos en la lucha contra la corrupción, así como las exigencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al generar un riesgo sistémico de impunidad, alerta.
Entiende que la sentencia de la mayoría cae en una argumentación ilógica y extravagante, al confundir una consejera con el Gobierno, apelar a las funciones del Gobierno para exonerar de responsabilidad penal a sus miembros por los delitos cometidos y reconocer a los miembros de gobierno impunidad contra lo dispuesto en la Constitución.
Por último, Tolosa sostiene que la sentencia debilita los fundamentos del Estado de Derecho, introduce causas de irresponsabilidad no previstas en la Ley, incurre en un exceso de jurisdicción que socava la posición institucional que la Constitución reconoce al Tribunal Supremo, debilita la persecución eficaz de los delitos de corrupción institucionalizada cometidos por el Gobierno o sus miembros y supone un incumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por España frente a la corrupción.