El Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) interpondrá una denuncia administrativa y otra penal en relación con la presunta vulneración del secreto de las comunicaciones de un colegiado por la revelación de datos en la investigación relativa a Alberto G. A., pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
En una rueda posterior a la Junta de Gobierno, el decano de los abogados madrileños, Eugenio Ribón, ha anunciado acciones legales en defensa del abogado de Alberto G. A. al revelarse el pasado jueves en una nota informativa de la Fiscalía de Madrid el supuesto ofrecimiento de un pacto por parte de este letrado en el marco de las diligencias de investigación relacionadas con un presunto fraude fiscal.
«Ambas denuncias persiguen la identificación completa de los autores de estos hechos para depurar responsabilidades», ha subrayado el decano del ICAM, quien ha negado a preguntas de los medios contactos previos con la Comunidad de Madrid antes de la reunión de la Junta.
Sobre las denuncias, ha destacado que hay dos supuestos delitos que pivotan sobre la actuación del Ministerio Público en relación con el artículo 417 del Código Penal como son la violación de secretos y la infidelidad en la custodia de documentos.
El decano ha recalcado que dicha nota supone «una vulneración sin paliativos del artículo 4 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que establece como pauta general de actuación el respeto a los deberes de reserva y sigilo inherentes al cargo y a los derechos de los afectados».
Ribón ha iniciado la comparecencia mencionando el artículo 24 de la Constitución, que establece que «todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión».
“El Derecho de defensa es sagrado”
Al hilo, ha recalcado que «el derecho de defensa, al que se deben los abogados, es sagrado e inviolable: es una garantía para la sociedad, pieza básica del Estado de Derecho y un principio fundamental sobre el que se asienta nuestro sistema de justicia».
El Colegio considera que con la nota difundida la Fiscalía vulneró su propia normativa, «que establece, como pauta general de actuación, el respeto a los deberes de reserva y sigilo inherentes al cargo y a los derechos de los afectados, tal y como resulta del artículo 4, apartado Quinto del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, así como el protocolo que regula los acuerdos de conformidad».
Por ello, ha anunciado que el ICAM, hasta que no se establezcan mecanismos reforzados de confidencialidad, se desvincula del Protocolo de Conformidades, instando a «una revisión del actual protocolo dada su inadecuación» conforme a lo sucedido al considerar que «el secreto de sus comunicaciones no parece estar garantizado».
Además, el Colegio presentará una denuncia formal que inicie un procedimiento administrativo sancionador contra aquellos que hayan infringido gravemente lo estipulado en el artículo 62 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Según recuerda, dicha normativa «sanciona expresamente la divulgación indebida de información por parte de cualquier miembro del Ministerio Fiscal, información obtenida durante o por motivo de sus funciones, especialmente cuando dicha revelación perjudica la integridad de los procesos judiciales o afecta a cualquier individuo involucrado».
Para el ICAM, «se ha constatado una violación flagrante, por parte de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Madrid, del artículo 4.5 de su Estatuto, que exige un estricto cumplimiento de los deberes de confidencialidad y discreción, salvaguardando los derechos de los afectados».
Por último, se dará instrucciones a los Servicios Jurídicos del ICAM para la presentación de la correspondiente denuncia por las posibles responsabilidades penales que hubiere podido hacer lugar por razón del Comunicado Oficial de la Fiscalía Provincial de Madrid, y en su caso, la personación de este colegio en la causa como parte interesada.
A preguntas sobre filtraciones a medios de comunicación, ha replicado que cualquier revelación es «indeseable» pero «el ICAM no puede darle «trascendencia jurídica». «Otra cosa es un comunicado oficial en el que se detalla con todo lujo de detalles los pormenores de estos datos» en relación con el caso de la pareja de Ayuso.
“Extrema gravedad”
En un comunicado, el Colegio tachó la semana pasada de «extrema gravedad» la supuesta revelación de «datos concretos», detallando «fechas y contenido de conversaciones y reuniones, produciendo todo ello una ruptura del secreto profesional que ampara las comunicaciones de letrados».
Según recuerda, «el Estatuto de la Abogacía, aprobado por Real Decreto 135/2021, en su artículo 22, establece sin paliativos el deber y el derecho de los abogados a mantener en secreto todas las comunicaciones y propuestas relacionadas con el ejercicio de su profesión, garantizando así la confianza y la protección de los derechos de sus defendidos».
Además, subraya que «el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, en su artículo 4,5º, destaca el límite de la obligación de informar por parte del Ministerio Público, haciendo hincapié en el respeto al secreto del sumario y a los deberes de reserva y discreción inherentes al cargo, así como a los derechos de los implicados».
«Este marco legal subraya la importancia del secreto profesional, especialmente en las interacciones entre fiscales y abogados, ya sea durante las diligencias de investigación o en el transcurso de los procedimientos judiciales», recoge el comunicado.
A juicio del ICAM, «la divulgación de cualquier información relacionada con las posiciones o estrategias legales de las partes, sin un acuerdo de conformidad formalizado, constituye una vulneración de estos principios básicos de sigilo, confianza y buena fe, y pone en riesgo la neutralidad que debe caracterizar la actuación del Ministerio Fiscal».