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La comunicación en todas sus formas es esencial en todos los ámbitos del diario vivir, en el contexto familiar y laboral, desde el más sencillo hasta el más complejo. Un paso más adelante, es sustento del intercambio de ideas y de la democracia. Una comunicación clara, entre otros, permite comprender el mensaje que se transmite, encontrar fácilmente lo que se necesita, utilizar la información para los fines adecuados, impartir o cumplir instrucciones y facilita la interacción y llegar a consensos, los que hoy tanto se necesitan.
En esa línea, la comunicación entre el Estado y la ciudadanía es fundamental. Lograr que los mensajes de diversa índole que transmiten las autoridades puedan ser comprendidos por los ciudadanos es garantía de transparencia, de acceso efectivo a la información pública, permite el entendimiento de los servicios que prestan las entidades públicas y los trámites que deban adelantarse, y también es garantía del debido proceso particularmente en aquellos procesos en donde ciudadanos acceden a la justicia sin abogado.
Recientemente, la Corte Constitucional se pronunció en sede de tutela con ocasión de una decisión de una inspección de policía, en contra de una persona que ocupaba espacio público. Entre otras consideraciones concluyó que se vulneró el debido proceso, porque, durante la audiencia y en la decisión del proceso, la inspectora de policía no utilizó un lenguaje claro, lo que produjo que su mensaje no fuera comprensible y tampoco tuvo en consideración que las decisiones administrativas tienen como destinatario el público en general.
Con ello, precisó dos elementos a tener en cuenta: el primero, es el texto o la expresión oral de la autoridad que está llamada a facilitar la comprensión. Aquí, indicó que los elementos que afectan la comunicación son “(i) la falta de coherencia argumentativa; (ii) el exceso de lenguaje técnico o la falta de explicación a lenguaje común de esos conceptos especializados; (iii) el uso excesivo y sin explicación de latinismos; (iv) el uso de fórmulas rituales sin su explicación; (v) el uso de términos excesivamente técnicos para referirse a los actores de los procesos, entre otros.” El segundo, es que debe considerarse el receptor a la hora de elaborar el mensaje. La autoridad, debe tener en cuenta quien es el destinatario de su decisión, más cuando existen procedimientos en donde los ciudadanos no requieren representación mediante abogado.
Ahora, ¿la falta de mandato legal expreso, implica que el Estado no tiene la obligación de mantener una comunicación clara? En mi opinión, la respuesta es negativa. Si las dos iniciativas legislativas que cursan en el Congreso de la República que aluden a este tema no fueran aprobadas, eso no significa carta blanca para que no exista lenguaje claro en la comunicación con la ciudadanía.
Lo que si necesitamos, es la actitud decidida de las autoridades administrativas y judiciales, en el nivel nacional y en los territorios, de trabajar en ello. La Corte Constitucional ya ha indicado elementos para tener en cuenta en este aspecto, el Departamento Nacional de Planeación de tiempo atrás tiene implementada la estrategia de lenguaje claro, con la que ofrece capacitaciones, cursos y metodologías como la de traducción de documentos, que contribuyen a ofrecer claridad en la comunicación. ¡Manos a la obra!