El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció el pasado 8 de abril el fin del visado de residencia para inversores inmobiliarios contemplado en la ley 14/2013, de 27 de septiembre, popularmente conocido como ‘golden visa’. En virtud de dicho visado se otorgaba permiso de residencia y trabajo a los ciudadanos extracomunitarios que invirtieran 500.000 euros o más (sin hipotecar) en un inmueble español (no sólo residencial, sino de cualquier naturaleza).
El Gobierno ha defendido la polémica eliminación de las ‘golden visas’ inmobiliarias argumentando que este tipo de visados tensionan el mercado inmobiliario, incrementando el precio de los inmuebles y favoreciendo la especulación para atender al capital extranjero (principalmente, de China, Rusia, Reino Unido, Estados Unidos, Ucrania, Irán, Venezuela y México). Sin embargo, los datos proporcionados por el Gobierno indican que el impacto de las ‘golden visas’ inmobiliarias no parece representar una afectación material en el mercado inmobiliario español. Según datos del Registro de la Propiedad, en el año 2023 las operaciones inmobiliarias con ‘golden visa’ representaron únicamente el 0,5% del total de operaciones.
Así pues, se ha decidido poner punto final a un programa que, desde 2013, promovía la inversión extranjera en España, sin generar una distorsión fundamental.
A partir de la eliminación de las ‘golden visas’ inmobiliarias, España perderá un argumento sólido y favorable para competir con otros destinos europeos que resultan atractivos para la inversión extranjera. Y, por otro lado, se perderá una herramienta útil para que ciudadanos extranjeros participen en la economía española, generando riqueza directa e indirecta mediante sus inversiones, así como mediante consumo de bienes y servicios en sus estancias en el país y el pago de los impuestos aplicables. La decisión del Gobierno parece estar sustentada, en definitiva, en una posición más simbólica que potencialmente efectiva, y en un enfoque de política migratoria, más que de mercado.
No existen datos que respalden que las ‘golden visas’ inmobiliarias tengan capacidad de influir en el mercado en su conjunto, ni tampoco en mercados de alta demanda extranjera (por ejemplo. zonas turísticas como la Costa del Sol, Barcelona o Islas Baleares) pues no parece inferirse una relación directa entre la posible consecución de ‘golden visa’ y la concentración especifica de demanda (que bien pudiera deberse simplemente a modas, tendencias o a la belleza del lugar). Valga como ejemplo el barrio de Salamanca en Madrid, donde la intención de compra por el inversor latinoamericano de alto nivel adquisitivo parece ser prácticamente independiente a la consecución o no de una ‘golden visa’ por muy bienvenida que esta pueda ser.
Llegados a este punto, parece que la primera conclusión lógica es que mantener la ‘golden visa’ inmobiliaria no afectaría negativamente al mercado inmobiliario para el pequeño comprador, y, por otro lado, su eliminación por el Gobierno sí menoscabaría un argumento favorable para la captación de flujos de inversión extranjera. Hubiera sido deseable otra posición y mantener un argumento publicitario favorable para un sector inmobiliario que parece tener síntomas de mayor lentitud e incertidumbre fuera del sector de gran lujo, y en el que la eliminación de la ‘golden visa’ inmobiliaria ha incrementado el nerviosismo.
Pero no todo son malas noticias. El Gobierno ha optado por dejar vigentes el resto de los visados por inversión contemplados en la ley 14/2013. Así, un inversor extranjero tendrá derecho a la ‘golden visa’, cumpliendo alguno de los supuestos contemplados en la citada ley: primero, una inversión de dos millones de euros o más en deuda pública española; segundo, una inversión de un millón de euros en acciones en sociedades españolas con actividad real de negocio; tercero un millón de euros en fondos e instituciones de inversión colectiva de nacionalidad española; o cuarto un millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas. Adicionalmente, la ley 14/2013 contempla la posibilidad de otorgar una ‘golden visa’ a aquellos extranjeros que inviertan en un proyecto empresarial en España de interés general. El mantenimiento de las anteriores alternativas de ‘golden visa’ debe ser claramente bienvenido por favorecer el dinamismo de nuestra economía.
Confiemos pues en que el comprador de alto nivel adquisitivo, incluso sin ‘golden visas’ inmobiliarias, siga percibiendo a España como un país atractivo por delante de otros emplazamientos (tanto para la inversión del nicho high end latinoamericano, como para otros que resulten de interés).
Estamos en un país de enorme belleza, con un mercado sofisticado y moderno, capaz de asimilar distintas culturas y formas de hacer negocios, pero con este tipo de medidas, quizás estemos enviando señales confusas a los inversores. Deseamos firmemente que exista una apuesta por la inversión, la apertura y la claridad.
Sigue toda la información de Cinco Días en Facebook, X y Linkedin, o en nuestra newsletter Agenda de Cinco Días
Seguir leyendo