La selección masculina española de fútbol puede proclamarse campeona de la Eurocopa este domingo. Por experiencia sabemos que ganar una competición de este calibre supone que todo un país entre en modo fiesta. Una suerte de estado de histeria colectiva de alegría, saltos, gritos, llantos… Un alboroto que puede llevarnos a pensar que hay carta blanca para hacer cosas que, en realidad, están prohibidas. Y conllevan multas.
Botellones, fiestas en pisos, gritar desde los coches… ¿Dónde está el límite legal de este tipo de celebraciones? Repasamos escenarios que debes tener en cuenta para celebrar el triunfo de la selección y no volver a casa con una multa bajo el brazo.
España ha ganado la Eurocopa. ¿Puedo entonces montar una fiesta en casa hasta las tantas?
No. La victoria de la selección no implica una bula a la prohibición general de no molestar a los vecinos. Sobre todo, en horas de descanso, es decir, a partir de las 23.00 horas, que es justo cuando el partido termina.
La Ley de Propiedad Horizontal no da pie a dudas cuando dice que “al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él (…) actividades que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”. Si la fiesta en un piso se desmadra, el presidente de la comunidad debe trasladar las quejas a los que celebran, y si es ignorado, puede llamar a la policía. Por resumir, la victoria de España no da carta blanca para estar de farra hasta las tantas de la noche en casas privadas si molestamos al vecindario, que debe descansar para afrontar el arranque de la semana, y las multas por saltarse esta prohibición pueden “alcanzar hasta los 3.000 euros”, explica Carlota Zapata, abogada de Legálitas.
Si la celebración es en la calle, ¿entonces sí puedo hacer el ruido que quiera?
No tan deprisa. Debes saber que si lo haces te expones a una multa. En especial, de nuevo, en horas de descanso (cabe recordar que el lunes mucha gente trabaja). Cada ciudad cuenta con su propia normativa de ruido y marca unos límites en decibelios que no deben sobrepasarse. La cuantía de las sanciones por gritar y molestar, pasando dichos límites, puede variar según la localidad desde los 100 hasta los 3.000 euros. El ayuntamiento puede autorizar, por razones de interés general o de especial significación (eventos religiosos, culturales, etc…) la modificación de estos límites de ruido máximo, sin embargo, las celebraciones deportivas no suelen ser una excepción.
¿Es legal hacer botellón en la vía pública?
No. Y de nuevo, una hipotética victoria de España, por muy loable que sea la gesta los jóvenes futbolistas, no abre una excepción en la norma. En la mayoría de las ciudades del país beber en la vía pública es una actividad expresamente prohibida, incluso si no se molesta a los vecinos. Solo es conforme a la ley en ciertos lugares, como las terrazas; o en ciertos contextos, como las verbenas. En otros escenarios, beber en la vía pública es una práctica ilegal.
Después de la celebración, ¿puedo dejar la basura en la calle?
La normativa en materia de limpieza y gestión de residuos no decae. Seguirían vigentes las prohibiciones tradicionales: dejar basura en la calle, tirar colillas, chicles, papeles, escupir… Orinar en la calle, un clásico, acarrea multa de entre 100 y 1.000 euros, según la normativa de la ciudad.
¿Me pueden prohibir llevar palos de bandera o botellas de cristal en lugares donde haya mucha gente?
Sí. La Ley de Seguridad Ciudadana dice que los agentes de la autoridad podrán practicar las comprobaciones en las personas, bienes y vehículos que sean necesarias para impedir que se utilicen objetos que puedan ser potencialmente peligrosos en estos escenarios. Los ciudadanos, de no colaborar, se enfrentan a sanciones.
¿Es legal pitar con el coche para celebrar la victoria de España?
Es la reina de las tradiciones: sacar el coche, bandera al frente, y sumarse a la típica caravana de celebración por la victoria del equipo. Pitar, sacar el cuerpo por la ventanilla, hondear banderas, animar la fiesta, gritar, no llevar el cinturón… Lo cierto es que, con el reglamento de circulación en la mano, ninguna de estas acciones está permitida.
Por ejemplo, pitar sin un motivo ligado a la circulación – insistimos, que España gane la Eurocopa no lo es – está penado. “El reglamento prohíbe el uso del claxon exagerado o inmotivado”, aclara la abogada Carlota Zapata. El uso de la bocina solo está previsto para situaciones muy concretas. Por ejemplo, evitar un choque. La multa por pitar cuando no toca son 100 euros. Si bien algunas ciudades recogen castigos mayores por la vía de la contaminación acústica: en Madrid, por ejemplo, utilizar el claxon de forma inmotivada son 600 euros.
¿Puedo sacar el cuerpo por la ventanilla de un coche en marcha?
En 2021, un aficionado menor de edad del Atleti murió cuando se golpeó la cabeza con una señal al ir sentado en la ventanilla con el cuerpo por fuera.
Así que no, que un equipo gane una competición deportiva no justifica acciones peligrosas como sacar el cuerpo por la ventanilla de un vehículo en marcha.
La normativa dice “que está prohibido transportar personas en emplazamientos distinto al destinado y acondicionado para ellas”, aclara Carlota Zapata. El asunto no solo compromete al acompañante, sino también al conductor, que “tiene la obligación de mantener su propia libertad de movimiento y el campo necesario de visión”, al ser este el responsable “de su propia seguridad y la del resto de ocupantes”, por lo que también está prohibido sacar banderas por la ventanilla. Las infracciones por no cumplir este precepto “se califica como infracciones graves” y están penadas “con multas de 200 euros” más “200 euros por no llevar el cinturón”, apunta la abogada, más la retirada de cuatro puntos del carnet.
¿Se pueden tirar petardos y bengalas?
No. Aunque en ciertas fechas se haga la vista gorda, la realidad es que en España está prohibido el uso de petardos. De nuevo, es la normativa de cada localidad la que marca el régimen sancionador. “El Ayuntamiento de Madrid prohíbe expresamente explotar petardos o elementos pirotécnicos fuera de los lugares y ocasiones autorizados, pudiendo dichos actos llevar aparejadas sanciones de hasta 600 euros”, señala Zapata.
¿Y subirse a farolas o bañarse en fuentes?
Otro clásico. Shakira fue multada por grabar el videoclip de Loca en una fuente pública de Barcelona sin pedir permiso. El aficionado español no será distinto y sí, bañarse en las fuentes públicas acarrea multas. “A nivel estatal la Ley de Seguridad ciudadana determina que constituyen infracciones leves con multas de 100 a 600 los daños o el deslucimiento de bienes muebles o inmuebles de uso o servicio público, así como de bienes muebles o inmuebles privados en la vía pública, cuando no constituyan infracción penal”, explica la abogada de Legálitas.
La misma ley también prohíbe “escalar edificios o monumentos sin autorización cuando exista un riesgo cierto de que se ocasionen daños a las personas o a los bienes”. En el caso de monumentos de interés histórico, la cosa se complica: si un futbolero rompe o daña un bien de interés cultural, las normativas recogen sanciones para él de hasta 300.000 euros.
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