Revés del Tribunal Supremo a Nestlé España. El Alto Tribunal ha rechazado el recurso de casación interpuesto por la multinacional y avala el fallo que la Audiencia Nacional emitió en 2021. Los magistrados del alto tribunal han condenado a la mercantil a abonar 500 euros como prometió a sus empleados por el trabajo realizado durante el estado de alarma que anunció el Gobierno por la irrupción de la pandemia. La multinacional, que cortó el grifo en mayo de 2020 con el fin de la primera prórroga del estado de alarma, deberá abonar ahora un mes de prima más a sus trabajadores.
Los hechos del caso sentenciado (cuyo texto puede consultar aquí) se remontan a 2020. La compañía alimenticia con sede en Suiza prometió a sus empleados, en un comunicado emitido en marzo, a una prima salarial como respuesta al “compromiso y la dedicación de todo el equipo humano ante el reto de suministrar alimentos y bebidas en las circunstancias actuales motivadas por la pandemia Covid-19″. Por esta razón, el comité de dirección de Nestlé decidió premiar a su plantilla del centro que tiene la empresa en Guadalajara con “unas medidas extraordinarias que se concretan en una asignación de hasta 500 euros mensuales a todo el personal de fábricas y operaciones mientras mantengan su actividad”.
Sin embargo, Nestlé emitió un nuevo comunicado anunciando que el plus salarial dejaría de tener efecto el 24 de mayo como consecuencia del fin del estado de alarma. “La compañía ha comenzado a recuperar su normalidad, con la reanudación de las visitas a clientes por parte de los equipos de ventas y el retorno progresivo a las oficinas. En esta nueva situación, alguna de las medidas implantadas de manera temporal como consecuencia de la coyuntura que se estaba viviendo, y pasadas unas semanas de adaptación, han dejado de tener sentido”, explicó la compañía a su plantilla.
Prórroga del confinamiento
La mercantil cumplió con lo prometido y abonó la cantidad pactada a los trabajadores del centro de Guadalajara hasta el mes de mayo. No obstante, el estado de alarma se prolongó hasta el 21 de junio, fecha en la que el Gobierno levantó las restricciones definitivamente. Sin embargo, Nestlé defendió que la prima solo debía ser abonada en la prórroga inicial y no en las siguientes, por lo que los trabajadores solo recibieron el extra durante el primer mes que duró el confinamiento.
La Sala de lo Social del Supremo apunta en su resolución que, como bien señalaba el escrito de Nestlé, se comprometía a pagar a los trabajadores una prima salarial “hasta el fin de las restricciones provocadas por la Covid-19″. El Alto Tribunal señala que la compañía de alimentos no fijó un plazo concreto para que los trabajadores dejasen de cobrar un extra. Según los jueces, el comunicado de la empresa se refería a la duración completa del estado de alarma, incluyendo las prórrogas que el Gobierno decretó hasta el mes de junio.
Por lo tanto, los magistrados rechazan el recurso de casación formulado por Nestlé y condena a la mercantil a pagar a los trabajadores de Guadalajara los 500 euros de prima restantes por trabajar durante el mes de junio. Teniendo en cuenta que la resolución afecta a unos 3.000 empleados, la cuantía que compañía de alimentos tiene que pagar puede ascender hasta el millón y medio de euros.
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