El trámite se divide en presentación de escrito de demanda y contestación, medidas cautelares, práctica de pruebas y audiencias
El pleito por el Galeón San José no es nuevo. La compañía estadounidense cazatesoros, Sea Search Armada, presentó una demanda de arbitraje en un tribunal internacional contra Colombia por sus hallazgos del Galeón.
En ella pide un pago de US$10.000 millones, pues asegura que encontró el tesoro mucho antes que el gobierno colombiano. El lío jurídico arrancó y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado se puso manos a la obra para defender los intereses de la nación y presentó sus argumentos.
Tras esto, en las últimas horas Paula Robledo Silva, la directora de la Andje, confirmó que inició formalmente el litigio internacional con la compañía cazatesoros gringa. Según comentó, Sea Search tiene una pretensión correspondientes a lo que ellos consideran 50% del tesoro del Galeón San José. “Nos encontramos ante un reclamo frívolo, grotesco y abusivo, que, sin embargo, no deja de ser tremendamente peligroso”.
Este proceso se realizará en la Corte Permanente de Arbitraje, pero ¿cómo son los procesos allí y qué pasará de ahora en adelante?. “Lo que viene es que Sea Search Armada presente su memorial, un documento que esperamos que tenga varios cientos de páginas y esté lleno de reportes y peritajes que respalden su posición. Nosotros desde ya estamos trabajando para prepararnos. Uno nunca puede saber qué situaciones inesperadas se presenten o que trámites incidentales se general. Sin embargo, por lo general estos son procesos que suelen durar entre dos o tres años”, le explicó ayer a AL Robledo Silva. Y en cuanto a los argumentos de la defensa del Estado, ella dice que: “la posición de Colombia siempre ha sido que Sea Search Armada no tiene ninguna relación jurídica con el Galeón.
Las compañías que supuestamente precedieron a Sea Search Armada, LLC (Glocca Morra Company y Sea Search Armada Cayman) nunca consolidaron derechos sobre el Galeón San José. Si usted mira los documentos más importantes se dará cuenta que en ninguna parte se menciona el Galeón.
Glocca Morra Company presentó un reporte confidencial en 1982, y aunque señaló unas coordenadas y dijo que había encontrado algo, nunca señaló que había encontrado el Galeón San José. Imagínese eso. Encontrar el Galeón y no reportarlo”.
Mientras que Juan Esteban Pacheco Sánchez, asociado de Litigios y Arbitraje de OlarteMoure, explica que: “el procedimiento ante la Corte Permanente de Arbitraje rige por el reglamento escogido por las partes. En la mayoría de casos se aplica el propio reglamento de la Corte Permanente, el cual está diseñado para controversias que involucren partes que sean Estados, entidades estatales, organizaciones gubernamentales o privados”.
De acuerdo con lo que cuenta y explica el experto, el trámite del proceso arbitral se divide por etapas de presentación de escrito de demanda y contestación, medidas cautelares, práctica de pruebas y audiencias.
Pero hay una salvedad en cuanto a la CPA que explica Juan Francisco Navarrete González, abogado de Navarrete Consultores, “en primer lugar, para un proceso de arbitraje internacional se requiere que las partes hayan acordado someterse a este, advirtiendo como una forma de resolución de conflictos acudir a la arbitraje internacional. El procedimiento pasará primero por una etapa de notificaciones en la cual la parte que promueva el arbitraje (demandante) notificará a la otra (demandado)”.