La Comisión Europea ha iniciado un procedimiento de infracción contra España por no implementar las medidas necesarias para transponer el nuevo tipo mínimo global de imposición del 15% en el Impuesto sobre Sociedades para las empresas multinacionales y grandes grupos empresariales.
Los Estados miembros debían notificar a la Comisión antes del 31 de diciembre las medidas para transponer esta normativa, un plazo que España no cumplió, al igual que Estonia, Grecia, Chipre, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y Portugal.
La directiva busca promover la equidad y estabilidad en el panorama fiscal de la UE y a nivel mundial, limitando la reducción de las tasas impositivas corporativas y desincentivando la transferencia de ganancias a jurisdicciones con impuestos bajos.
En vigor desde el 1 de enero de 2024, este tipo mínimo de impuesto se aplicará a grupos multinacionales y nacionales con ingresos combinados superiores a 750 millones de euros al año en la UE.
La normativa será obligatoria para cualquier gran grupo, nacional o internacional, con una sociedad matriz o filial en un Estado miembro de la UE. Además, establece normas para calcular y recaudar un impuesto complementario en caso de tipos impositivos efectivos inferiores al 15%.
Esta directiva garantiza la imposición efectiva incluso cuando la sociedad matriz está fuera de la UE en países con bajos impuestos. La UE se convierte así en uno de los primeros territorios en aplicar la reforma fiscal de la OCDE, comprometiéndose a establecer un nivel mínimo mundial de imposición del impuesto de sociedades.