La SIC encontró como confundible la marca Constructora Monserrate, por lo que no permitió el registro de la solicitante
Jesús Aristizábal se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Montserrat Couture para distinguir servicios de la clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales son los comprendidos como compra, venta, importación, exportación, comercialización publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, entre otros.
Luego de la solicitud, Grupo Empresarial S.A.S. presentó oposición ante la clase solicitada con fundamento en el literal del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
Grupo Empresarial S.A.S. señaló que el signo solicitado es similarmente confundible en el aspecto ortográfico, fonético, conceptual y gráfico con su marca previamente registrada, MST Monastery. Añadiendo que la solicitante buscaba identificar “los mismos productos” que los de la marca ya registrada.
Argumentó que la disposición espacial del signo solicitado podría llegar a conformar y confundir exactamente la expresión del opositor. Además, reivindican los mismos colores (blanco y negro) y evocan la misma idea (identificación de ropa de lujo, caracterizada por la elegancia y la sofisticación).
Jesús Aristizábal, representante legal de la marca solicitante, aseguró que no se deben aislar las partes que conforman los signos. Añadieron que la única similitud entre ambas marcas es la expresión “Couture”, la cual es de uso común en idioma extranjero y que se puede considerar como inapropiable.
Agregaron que la marca solicitada está conformada por 17 letras agrupadas en dos expresiones, mientras que la opositora está compuesta por una palabra genérica o de uso común (Monastery), esta también conformada por 12 letras agrupadas en dos expresiones.
En cuanto al análisis comparativo, la SIC encontró que las marcas confrontadas compartían ciertas semejanzas debido a que coincidían algunas partículas, pero incluyeron que los dos signos tenían elementos adicionales que ayudaban a que el consumidor pudiera diferenciarlas.
La razón por la que la entidad negó el registro de la solicitante fue debido a que también hicieron el análisis de confundibilidad con el signo Constructora Monserrate, concluyendo que son similarmente confundibles.
Tomando todos los argumentos de ambas partes en cuenta, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió negar el registro de la marca Montserrat Couture.