La SIC concluyó que no había suficientes diferencias en los ámbitos ortográficos y fonéticos, por lo que no permitió el registro
Johan Castellanos se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Mat para distinguir servicios de la clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales son los comprendidos como publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina.
Luego de la solicitud, Mattelsa S.A.S. presentó oposición ante la clase solicitada con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de 2000.
Mattelsa S.A.S. señalaron que son titulares de la expresión “Matt” y que la marca solicitada es ortográfica, fonética y visualmente idéntica a la marca ya registrada. Añadieron que al momento de pronunciar y leer la marca Mat, esta produce un sonido similar y una percepción “visualmente idéntica a la familia de marcas”.
Argumentaron que la marca solicitada contenía casi las mismas letras, la misma posición y distribución, y no se hace el intento de adicionar otras letras para intentar no hacer “evidentes las semejanzas ortográficas y visuales que esta contenía con las marcas registradas”.
Johan Castellanos, representante legal de la marca solicitante, aseguró en su argumento que su marca no cuenta con la misma ortografía, ya que la opositora no tiene la misma escritura. La marca solicitada se escribe con solo una “T”, mientras que la opositora cuenta con dos “T”. Añadió que la solicitada tiene y posee una fuente cursiva escrita a mano y la letra es de color negro. Por su parte, mencionan que la opositora tiene una fuente diferente y su letra es de color blanco.
En cuanto al análisis comparativo, la Superintendencia de Industria y Comercio encontró que se advierte que los signos son sustancialmente similares debido a que el signo solicitado reproduce casi la totalidad del elemento distintivo para que ambas marcas puedan coexistir en el mercado sin ningún problema ni confusión.
La entidad, además, mencionó que el consumidor puede intuir erróneamente que el signo solicitado comparte el mismo origen empresarial de la marca registrada previamente, ya que no existe un amplio margen de diferenciación por las “secundarias diferencias ortográficas y fonéticas respecto de sus elementos más representativos”.
Luego del análisis comparativo y tomando los argumentos de ambas partes en cuenta, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió negar el registro de la marca Mat presentada por Johan Castellanos y prohibir su inscripción.