La directiva europea conocida como DAC 7 entrará en vigor el 1 de enero de 2024 y obligará a las plataformas digitales a compartir información sobre sus vendedores con las autoridades fiscales de la Unión Europea. Esta obligación se aplica a aquellas plataformas que hayan realizado más de 30 operaciones o hayan obtenido más de 2.000 euros en ventas.
Esta medida afectará a plataformas como Wallapop o Vinted, que deberán recopilar, verificar y comunicar información sobre sus vendedores a las autoridades fiscales. La recopilación y verificación de esta información debe realizarse cada año natural, del 1 de enero al 31 de diciembre, y las plataformas deben comunicarla antes del 31 de enero del año siguiente.
Los vendedores que hayan realizado más de 30 ventas o hayan obtenido más de 2.000 euros en plataformas como Wallapop o Vinted serán los afectados por esta medida. Wallapop ya ha anunciado que contactará a estos vendedores por correo electrónico y les proporcionará los campos necesarios para completar la información requerida.
España ha aprobado la transposición de esta directiva, que entrará en vigor en 2024 y permitirá inspecciones fiscales conjuntas con otros países y fiscalizará a las plataformas.
La primera declaración informativa de esta obligación de información recogida por las plataformas deberá presentarse a partir del 1 de enero de 2024 para la información del año anterior.
Obligaciones de los operadores digitales
Los operadores deberán aplicar procedimientos de diligencia para verificar y tratar la información de los vendedores que utilizan sus plataformas. Esto incluye identificar a los operadores y vendedores, las actividades que realizan, los pagos a los vendedores y la identificación de las transacciones. También se deberá presentar información sobre los tributos, comisiones, tarifas u otras cantidades retenidas o cobradas. Estas obligaciones se aplican al arrendamiento y cesión temporal de bienes inmuebles y medios de transporte, servicios personales y venta de bienes.
Los operadores que demuestren que han comunicado la información a través de otros operadores o que estén domiciliados en países con convenios de intercambio de datos con la Unión Europea estarán exentos de estas obligaciones.
Inspecciones conjuntas
Se permitirá la realización de inspecciones conjuntas en varios países europeos a la vez a una misma empresa. También se permitirá la actuación de agentes españoles en otros países europeos y viceversa. Durante las inspecciones en España, los agentes deberán cumplir con la normativa española y respetar las competencias que la legislación de su país de origen les confiere.