Para los ajenos en la materia, el ROAC es el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, un registro dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), en el que deben estar inscritos los auditores y sociedades de auditoría para poder ejercer su actividad en España. El proceso de acceso al ROAC es una auténtica carrera de obstáculos que implica una serie de requisitos académicos, profesionales y legales que se deben cumplir. Una vez llegas a la meta, no tienes tiempo a descansar. La carrera continúa. En este artículo explico los obstáculos con los que nos encontraremos para llegar a la línea de meta.
El acceso al ROAC está regulado principalmente por la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, que establece las bases para la regulación de la actividad de auditoría en España y que se complementa con el Reglamento de Auditoría de Cuentas, aprobado por el RD 2/2021, de 12 de enero, que establece los requisitos necesarios para la inscripción en el ROAC.
La normativa tiene como objetivo garantizar que los profesionales que se inscriben en este registro cumplan con altos estándares de formación, ética y experiencia profesional. Es importante saber que estos requisitos atienden a un alto nivel académico equivalente a un grado universitario, así como formación específica en auditoría y contabilidad, entre otras. En cuanto a los requisitos profesionales, para poder presentarte al examen práctico de acceso al ROAC, se debe acreditar un mínimo de 8.000 horas de experiencia en trabajos de auditoría. Esta experiencia debe ser obtenida bajo la supervisión de un auditor inscrito en el ROAC y debe haberse llevado a cabo durante un período mínimo de tres años.
Como ocurre para sacarse el carné de conducir, para acceder al ROAC hay pasar dos pruebas: un examen teórico y otro práctico.
Para poder presentarte al teórico, además de los requisitos académicos, se requiere que el candidato haya cursado un mínimo de 300 créditos, que vienen a ser unas 3.000 horas formativas. Es imprescindible que al menos 60 estén relacionados con materias específicas de contabilidad, auditoría, y áreas afines. Parte de estos créditos se consiguen durante la carrera universitaria, además, algún máster en auditoría de determinadas universidades convalida para este examen.
Una vez aprobado el teórico, pasamos al práctico que es, probablemente, el más complicado de cumplir. Organizado por el ICAC, se convoca anualmente y tiene una duración aproximada de seis horas, una auténtica maratón.
En los últimos 20 años, en general, el número de aspirantes que se presenta al examen ha sido constante, con una media de entre 200 y 300 candidatos por convocatoria. A principio de los 2000 se celebraron convocatorias cada tres años, y a partir de 2008 de forma bianual. Durante este periodo, el número de inscritos fue en descenso, pero a partir de 2018 se comenzó a dar cobertura a una demanda de años de la profesión: celebraciones anuales. La convocatoria más reciente de examen práctico se celebró el 18 de noviembre de 2023 y por primera vez, los aspirantes fueron evaluados en dos bloques: el primero, en materia contable y, el segundo, en auditoría. Siguiendo el modelo de convocatoria anual, la de 2024 ya ha sido publicada. El examen será a finales de noviembre.
Respecto al porcentajes de aprobados, suele ser bastante bajo. Según los datos del ICAC, el porcentaje de aprobados en las convocatorias de los últimos 20 años oscila entre el 25% y el 45%. En la última convocatoria de 2023 fue del 25%, lo que refleja el rigor del proceso de selección.
Si ya has aprobado las dos pruebas, enhorabuena, ahora toca solicitar la inscripción en el ROAC. Se debe presentar una serie de documentos en el ICAC, tales como certificación de la titulación universitaria, certificación del curso de formación en auditoría, acreditación de la experiencia profesional, justificante de haber superado el examen de aptitud y el pago de las tasas correspondientes. Y finalmente, aceptada la solicitud, se asigna un número de registro y la inscripción se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Es importante saber que en el ROAC se puede estar inscrito en dos categorías; como auditor ejerciente: es el auditor que realiza efectivamente trabajos de auditoría y está habilitado para emitir informes de auditoría de cuentas. Éstos deben cumplir con las exigencias de formación continua y con las obligaciones éticas y de independencia requeridas por la legislación de auditoría; Y, por otro lado, como auditor no ejerciente, aquellos profesionales inscritos en el ROAC, pero que no ejercen la auditoría de cuentas de manera activa. Éstos no están autorizados para emitir informes de auditoría. No obstante, en cualquier momento puede inscribirse como ejercicio previo cumplimiento de requisitos de horas de formación.
Los auditores inscritos tienen la obligación de mantenerse al día con los cambios en las normativas y seguir un programa de formación continua. Este requisito asegura que mantengan sus competencias actualizadas en un entorno financiero y contable en constante evolución. Además, están sujetos a un régimen de supervisión por parte del ICAC, que puede incluir revisiones periódicas de su trabajo para garantizar la calidad de las auditorías realizadas.