Piccolo Shoes, a pesar de los argumentos, no frenó el registro. La SIC consideró que la marca solicitante no tenía riesgo de confusión
María Camila Atehortúa del Llano, María Catalina Mesa Ramírez y Estela María Londoño Muñoz se presentaron ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Piccó Basics, que distingue productos de la clase 25 y 35 de la Clasificación Internacional de Niza.
Estos productos son los comprendidos como prendas de vestir compostables; prendas de vestir cortaviento; prendas de vestir de felpa; prendas de vestir para actividades al aire libre; prendas de vestir para bebés y niños pequeños; prendas de vestir para el cuello; prendas de vestir para hombres; prendas de vestir para mujeres, y como servicios de publicidad relacionados con prendas de vestir; servicios de tiendas mayoristas en línea de prendas de vestir; servicios de venta al por menor en línea de prendas de vestir; servicios de venta mayorista de prendas de vestir, entre otros.
Luego de la solicitud, Bladimiro Alfonso Bejarano Garavito presentó oposición ante ambas clases en cuestión con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
Bejarano Garavito aseveró que el registro de la marca solicitante no era aceptable en tanto que esta era confundible con su marca registrada previamente, Piccolo Shoes. Argumentando que esta identifica productos conexamente competitivos, lo que aumentaba las posibilidades de generar riesgos de confusión en el consumidor.
Agregó en su argumento que la marca registrada contaba con gran recordación en la mente del consumidor, por lo que la marca solicitada sería asociada.
Los apoderados de la marca solicitante aseguraron, entre tanto, que la marca que querían registrar no incurría en la posibilidad de confundir al consumir, ya que el signo solicitado se disponía en blanco y negro, mientras que el signo previo tenía los colores rojo, azul, verde y amarillo.
Además, las raíces del signo solicitado eran “Pi” y “Ba” y las terminaciones “ccó” y “sics”, mientras que la raíz del signo ya registrado era “Picco” y “Shoes” y la terminación “lo”.
De esta manera demostraron que la marca que estaban solicitando no tenía similitudes ni ortográficas ni fonéticas, agregando que no comparten la misma longitud, secuencia de vocales y número de sílabas. Tomando los argumentos de ambas partes en cuenta, la Superintendencia de Industria y Comercio, tras el estudio de los planteamientos, decidió conceder el registro de la marca Piccó Basics para ambas clases (25 y 35) solicitadas.