Canal de noticias de Asuntos Legales
En la mañana de este jueves, la Jurisdicción Especial para la Paz absolvió a 36 exmilitares por ‘falsos positivos’. La situación jurídica de los 36 integrantes del Ejército Nacional, que no fueron seleccionados como máximos responsables de asesinatos y desapariciones forzadas en Norte de Santander, quedó resuelta por la JEP.
Así lo anunció la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas a través de dos resoluciones que conceden los primeros beneficios definitivos de la renuncia a la persecución penal, tras corroborar que, ante esa Jurisdicción, los comparecientes aportaron verdad plena, exhaustiva y detallada, además contribuyeron a garantizar los derechos de las víctimas a la restauración y la no repetición.
Se trata de 21 exintegrantes de la Brigada Móvil N.° 15 y 15 del Batallón de Infantería N.° 15 ‘General Francisco de Paula Santander’ (Bisan) de la II División del Ejército Nacional. Estos comparecientes de la Fuerza Pública enfrentaban procesos penales y disciplinarios por hechos ocurridos entre 2006 y 2008, relacionados con homicidios en persona protegida, homicidios agravados en algunos casos, y desaparición forzada.
Estos crímenes forman parte del patrón macrocriminal de muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate, documentado por la JEP en la región, cuando imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a 11 máximos responsables, quienes reconocieron su responsabilidad por estos mismos hechos en audiencia pública y actualmente se encuentran en etapa de juicio ante el Tribunal Especial para la Paz, que impondrá las sanciones correspondientes.
En sus decisiones, la Subsala Especial de Conocimiento y Decisión Catatumbo, conformada por los magistrados Pedro Díaz y Mauricio García, informó que, durante el trámite judicial ante la JEP, los comparecientes de la fuerza pública reconocieron su participación en la planeación, ejecución y/o encubrimiento de seis hechos en los que ocho civiles fueron asesinados y, en algunos casos, desaparecidos.
Además, detallaron los roles específicos que desempeñaron en cada uno de los crímenes. Estos aportes de verdad plena ante la JEP permitieron reconstruir lo ocurrido con un nivel de detalle que supera ampliamente lo alcanzado por la jurisdicción ordinaria, que en la mayoría de los casos no superaron la etapa de la investigación.
La magistratura, en su resolución, dice que: “encontró evidencia suficiente para concluir que, en los casos de los 10 soldados profesionales activos, 21 retirados, además de dos sargentos viceprimeros, un sargento primero, un cabo segundo y un subteniente, se puede conceder el beneficio de
la renuncia a la persecución penal. Este mecanismo, implica la extinción de la responsabilidad y la sanción penal, así como la eliminación de los antecedentes penales, conforme a las normas vigentes de la Constitución y lo estipulado en el Acuerdo Final de Paz de 2016. Aplicar este beneficio a los comparecientes, que no ostenten la más alta responsabilidad en relación con graves crímenes, les permite rehacer de manera efectiva su vida en sociedad”.