la Superintendencia de Industria decidió conceder el registro de la Marca JC Juan Curí tras no encontrar riesgo de confusión
Jhancy Paola Vega Mora se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca JC Juan Curí para distinguir servicios de las clases 30 y 43 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales corresponden a café, té y servicios de restauración.
Luego de la solicitud, la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, dueños de la marca de café Juan Valdez, presentó oposición ante las clases en cuestión con fundamento en el literal h) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
La marca opositora argumentó que el hecho de reproducir una marca reconocida debe tener el potencial de crear riesgos de confusión o asociación en el mercado, aprovechar el prestigio de la marca o diluir significativamente la capacidad distintiva del signo que es ampliamente conocido.
Por su parte, la marca solicitante, respondió que, el artículo 134 se enfoca en los elementos que pueden constituir una marca. En su numeral a) se menciona “palabras o combinación de palabras”, lo que en el caso de “Juan Curí”, se trata de una combinación de palabras que, juntas, forman el nombre de un lugar específico, como la vereda Juan Curí en el municipio de Páramo, Santander.
La SIC realizó un análisis en el que dijo que “esta Dirección observa que es el elemento nominativo de cada signo el preponderante en sus conjuntos, por cuanto son las palabras las que causan mayor impacto en el consumidor por ser aquellas que usaría para pedir los productos y servicios protegidos ”.
Teniendo en cuenta los argumentos de ambas partes la Superintendencia de Industria y Comercio decidió conceder el registro de la Marca JC Juan Curí.