Carlos Balanza Nájera. Aranzadi LA LEY
La simplificación administrativa debe formar parte del ADN de las administraciones. Debe integrar la cultura organizativa, ser percibida como una necesidad por todos los trabajadores e incidir en una triple vertiente (procedimental, documental y normativa), que debe ir acompañada de una transformación digital orientada a mejorar y modernizar los procesos.
El Club de los Miércoles, que organiza Aranzadi LA LEY, celebró ayer una nueva edición, en la que se debatió sobre esta cuestión: Los beneficios y estrategias para la simplificación administrativa: experiencias prácticas.
El encuentro estuvo moderado por Beatriz Navarro Yague, jefa de producto en Aranzadi LA LEY. Como ponentes intervinieron Miguel Àngel Busquets López, jefe del Departamento Jurídico y Administrativo de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación del Gobierno de las Islas Baleares y Diego Ballina Díaz, funcionario de Habilitación Nacional y secretario del Ayuntamiento de Llanera.
Miguel Àngel Busquets desgranó las claves del Decreto Ley 3/2024, de 24 de mayo, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Islas Baleares y el aterrizaje práctico de esta norma.
Recordó que para la redacción de esta norma se ha tomado como base el Real Decreto de la Junta de Andalucía y con arreglo a las competencias que tiene asignadas las Islas Baleares. “Su alcance tiene tres vertientes: una de simplificación y racionalización procedimental, una segunda de tipo más normativo y una tercera de simplificación documental”.
Explicó que se ha innovado con respecto a la legislación de otras CCAA en materia de la relación de con las entidades de certificación urbanística (ECUS) con la administración, “prefiriendo una relación más estrecha” ya que no les daba seguridad jurídica “el hecho de que esa entidad tuviera una relación pseudo administrativa con la Administración”. Preferían que la relación la tuviera con el particular.
También han simplificado la tramitación en el ínterin entre la solicitud y la resolución. “Si la solicitud del interesado viene acompañada por una entidad certificada con respecto de todos los parámetros aplicables a esa potencial licenciada y también acompañado de un informe jurídico respecto del cumplimiento de la legalidad, el ayuntamiento podrá dictar resolución inmediata sin perjuicio de que el órgano competente para resolver pueda ordenar actuaciones complementarias”. Se consigue la rapidez que se quiere y con el menor riesgo posible: “Esta es la medida estrella en materia de urbanismo”.
Explicó que también se ha hecho un gran esfuerzo en materia de simplificación normativa, tomando como referencia la Ley 5/2015, de 23 de marzo, de racionalización y simplificación del ordenamiento legal y reglamentario de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. En cuanto a la simplificación documental, “se ha impulsado la digitalización para una actividad automatizada por medio de un plan de digitalización”.
Por su parte, Diego Ballina se centró en la mejora y simplificación de los procedimientos, como la supresión de requisitos para el ejercicio de actividades, la calidad normativa y la reorganización de las plantillas.
Recordó que la normativa “está muy bien, pero la implementación de las normas no es sencilla, aunque hemos mejorado. Veo mucha disparidad en el marco legislativo de las administraciones públicas, con normas muy dispares en función de los territorios”. En materia de simplificación “son vitales las patas de gestión y de capacidad informática y no incurrir en el error de la parálisis por el análisis; hay que asumir que los medios son los que tenemos: por tanto, debemos ir de los más importante a lo menos, analizando los procedimientos para tener claro si existe una duplicidad”.
También estima necesario “tener una auditoria de procedimientos para adaptarlos a la normativa y estar pendiente de sus actualizaciones. A veces no es una cuestión de medios, si no que depende de cómo se organiza. Es ridículo hacer una ordenanza para cada subvención”.