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La Corte Constitucional ordenó al Ministerio de Igualdad y Equidad dar pasos concretos hacia la creación del Sistema Nacional de Cuidado, enfocado en la atención de personas con discapacidad que requieren altos niveles de apoyo en su vida cotidiana.
El caso se da cuando la Sala Tercera de Revisión protegió los derechos de un hombre con discapacidad que necesita atención médica especializada y acompañamiento constante debido a su condición de salud, y a la falta de capacidad de su familia para brindarle el cuidado necesario.
En la sentencia se resaltó que el abandono social de las personas con discapacidad no solo es consecuencia de omisiones familiares, sino también de las deficiencias en la respuesta del Estado. Asimismo, se señaló la ausencia de políticas públicas eficaces y la falta de coordinación entre las entidades nacionales y territoriales, lo que perpetúa la exclusión y pobreza de este grupo social vulnerable.
La Corte también hizo un llamado al Gobierno Nacional a tomar un papel central en la provisión y regulación de los servicios de cuidado, asegurando la participación de las familias y otros actores sociales en este proceso.
En su fallo, además hizo énfasis en que las opciones de institucionalización, inicialmente pensadas como medidas protectoras, hoy son reconocidas por sus efectos negativos.
Por otro lado, como parte de la resolución, se ordenó a las entidades encargadas ofrecer servicios de home care y un cuidador primario, en acuerdo con la familia sobre las horas y tareas de cuidado.
Además, se instó al Ministerio de Igualdad a incluir a Juan Carlos y su familia en programas y planes de atención prioritaria, y a difundir los estándares fijados en la decisión para garantizar una atención adecuada a personas con discapacidad en situaciones similares.