En estos días estamos asistiendo a un acontecimiento histórico de magnitudes dramáticas en lo que se refiere a desastres naturales. Nos referimos lógicamente a la denominada DANA que ha causado enormes daños materiales en infraestructuras y viviendas, y lo más triste, la pérdida de centenares de vidas humanas en la Comunidad Valenciana.
Asistimos a un drama sin precedentes que alza muchas voces críticas en la gestión antes y durante la catástrofe. Y es que según se desprende de los avisos de la Central de Emergencias de la Generalitat Valenciana, no fue hasta bien entrada la tarde del fatídico día cuando se produjo la alarma a la población para evitar desplazamientos, momento en el que ya la riada hacía estragos en muchos municipios.
Es cierto que ante un evento de la naturaleza de tales dimensiones resulta muy complicado una certera predicción, si bien en su momento deberían determinarse posibles responsabilidades por parte de los organismos encargados de llevar a cabo los avisos de emergencia a la población.
Ahora bien, como valenciano, he podido asistir a un auténtico drama visitando la zona cero de esta catástrofe, y viendo como los damnificados se encontraban en una situación totalmente de desamparo y desprotección por parte de las Administraciones Públicas. Y no me refiero al mismo día que se inició la tragedia, estoy refiriéndome a pasadas 72 horas después del fatídico martes 29 de noviembre de 2024.
Pude visitar localidades como Alfafar, Sedaví, La Torre y Benetússer, donde las Fuerzas Armadas no estaban presentes. Y es que para este tipo de tragedias son los únicos instrumentos que tiene el Estado español para dar una respuesta a consecuencias catastróficas de tal magnitud. Encontré un escenario propio de postguerra con falta absoluta de elementos básicos de supervivencia como suministro eléctrico, de agua, y un sin fin de cadaveres en los parking de viviendas. A todo ello había que añadir un escenario de inseguridad ciudadana como consecuencia de los pillajes y vandalismos sobre todo tipo de comercios. Una situación apocalíptica que sin lugar a dudas carecía de una intervención de los entes públicos que revisten de competencia para paliar o contribuir a cubrir necesidades de primer orden vital para los afectados.
Sin embargo, lejos de encontrar la actividad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, o de las Fuerzas Armadas, me encontré con un colectivo cívico solidario que partía de iniciativas de los propios vecinos y ciudadanos. Personas anónimas que habían decido acudir a la zona más afectada a retirar con tractores y palas el lodo y la acumulación de vehículos convertidos en chatarra.
Mientras tanto el Gobierno del Estado español esperaba la petición de auxilio del Gobierno de la Comunidad Autonóma Valenciana para poder actuar y enviar a las Fuerzas Armadas, transcurriendo un tiempo muy valioso para poder paliar los efectos apocalípticos de la DANA. En un cruce de acusaciones ambos Gobiernos dirimían sus competencias para actuar, retrasando los trabajos de las Fuerzas Armadas que estaban perfectamente preparadas desde el minuto uno para intervenir.
En este contexto olvidan ambas Administraciones que la competencia para la gestión de tales eventos catastróficos es de carácter concurrente y solidaria. Es decir, el Gobierno del Estado español no requería ningún tipo de auxilio por parte de la Generalitat Valenciana. Es más, tiene la competencia el Ministro del Interior para poder enviar a las Fuerzas Armadas a la zona catastrófica según se desprende del propio articulo 34 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
Tal es así que el propio Tribunal Constitucional se ha expresado en varias ocasiones (SSTC 123/1984, 133/1990), viniendo a reconocer en su jurisprudencia que en este tipo de catástrofes se producen una serie de competencias concurrentes en las que el Gobierno Autonómico y Central ambos disponen de la misma competencia de manera «solidaria». Por tanto la intervención en fenómenos de emergencia nacional no requiere la previa petición del organismo autonómico, y en este sentido el Gobierno Central deberia haber mandado a las Fuerzas Armadas desde el primer momento. También hay determinadas medidas de restricción de la movilidad y de determinados derechos fundamentales que requieren un amparo jurídico, no pudiendo el órgano autonómico llevar a cabo dicha restricción sin la cobertura de la declaración de un Estado de Alarma que es competencia exclusiva del Gobierno de España.
Y es que se están dando una serie de circuntancias que incluso están requiriendo la restricción de derechos fundamentales como el derecho de circulación sin que exista la cobertura de un Estado de Alarma. Tal es el caso de la limitación de la circulación de determinadas vías en la Comunidad Valenciana impuesta por la Orden 4/2024 de 1 de noviembre, que a mi juicio y como ocurriera en la Pandemia de la COVID no tiene amparo constitucional al restringir un derecho fundamental. Con ello no me refiero a que la medida no sea adecuada y necesaria, que por supuesto lo es, pero debe tener cobertura juridica en un Estado de Derecho y nuevamente demuestra que la emergencia requiere de una intervencion estatal para garantizar dicha cobertura juridica con medidas excepcionales que restringen determinados derechos fundamentales.
Igualmente debe considerarse que nos encontramos ante un claro evento que requiere declarar la emergencia nacional, debido a que la DANA ha afectado a diversas Comunidades Autonómas y se han dañado infraestructuras que afectan a varios territorios. Y lo más relevante, la Comunidad Autónoma carece de medios suficientes para poder gestionar un drama catastrófico de tal envergadura, que únicamente puede abordarse con la actuación de las Fuerzas Armadas.
Por todo ello considero que era y es competencia de todas las Administraciones actuar de manera coordinada y sin esperar el auxilio autonómico, ya que tal y como hemos visto el TC ha venido a establecer que no se produce una invasión de competencias por parte del Gobierno central.
En modo alguno pudiera entender que la falta de actividad temprana por parte del Gobierno central responda a un ataque deliberado para derrotar a un partido de distinto color político en la Comunidad Valenciana. Simplemente quiero atribuirlo a una falta de coordinación e inmovilidad negligente que ha deteriorado la percepción ciudadana de desamparo y vulnerabilidad ante una catastrofe natural. Y es que no podemos perder de vista que el artículo 5.1 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, establece que todos los residentes en el territorio español tienen derecho a ser atendidos por las Administraciones públicas en caso de catástrofe.
Es evidente que tal atención en muchos casos ha llegado tarde, y hubiera bastado con una implicación conjunta de todas las Administraciones Públicas para abordar de manera solidaria la respuesta ante una situación descrita como apocalíptica por muchos supervivientes. Sin duda observo un claro caso de Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas por inactividad.
Es hora de estar al lado de los damnificados y aprender de los errores, buscar responsabilidades, y enorgullecerse de la marea solidaria ciudadana que supo reaccionar mucho antes que las Administraciones con medios y recursos.
El tiempo exigirá responsabilidades politicas y de carácter civil e incluso penal, y aquellas personas que omitieron o distrajeron la pronta actuación de las Fuerzas Armadas, dejando en situación de desamparo a decenas de miles de personas en lo que se considera el primer mundo, deberán responder ante la Justicia.
Si todavía queda algo de conciencia, esperemos que por un simple gesto de empatía y humanidad, los gestores de las Administraciones Públicas con competencias concurrentes, entiendan que las vidas humanas están por encima de cualquier disputa o interés político.
Es hora de arrimar el hombro y ser humanos, es hora de volver a construir todos a una voz como dice el himno valenciano: «Tots a una veu».