Somos un país “pionero en Europa” en materia LGTBI+. Así lo ha subrayado esta semana la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz. Este sonado golpe en el pecho llega después de alcanzar un acuerdo con la CEOE y Cepyme, por el lado de las patronales, y UGT y CC. OO., por el sindical, para aprobar el primer reglamento contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género en las empresas de nuestra historia.
La normativa es, en realidad, el desarrollo técnico de la ley trans, que se aprobó hace un año. El texto supone, en palabras de la ministra de trabajo y Economía Social, la “primera norma en el mundo que vela por los derechos de las personas LGTBI+ en la empresa”.
¿Es esto cierto? En la actualidad, un buen puñado de países cuentan con leyes contra la discriminación por razón de orientación sexual o identidad de género en sus normas constitucionales, además de normativas anti discriminación en ambientes laborales. Si bien, es verdad que no son tantos los que aterrizan la cuestión en un plan de obligaciones con medidas reales y obligaciones para los jefes, más allá de prohibiciones genéricas contra los actos discriminatorios.
Portugal, por ejemplo, es uno de los pocos países del mundo – solo hay nueve – que prohíbe en su Carta Magna la discriminación por razón de orientación sexual. Sin embargo, el territorio vecino no cuenta con leyes que obliguen a los empresarios a implantar medidas concretas para prevenir ambientes laborales hostiles contra homosexuales, lesbianas o transexuales, como cursos de prevención o planes anti acoso. Si bien, desde 2018, el estado portugués prohíbe la discriminación directa e indirecta basada en “características sexuales” o en la “expresión de género”.
Por su parte, la otra vecina, Francia, recoge la prohibición de discriminación laboral por razón de la orientación sexual desde 2001, y por identidad de género, desde 2011. En 2008, bajo el mandato de Sarkozy, el gobierno francés promulgó su ley contra la discriminación, una normativa que preveía severas sanciones, como penas hasta tres años de prisión y cuantiosas multas, en caso de discriminar a trabajadores por razón de orientación sexual e identidad de género.
Novedades
¿Por qué la ley española es un revulsivo? El reglamento aprobado este miércoles va un paso más allá, pues impone deberes concretos a los empresarios. La filosofía de la norma es atajar el asunto desde la raíz y ahondar en un cambio cultural en las empresas. Así, el reglamento recoge la obligación para las empresas de negociar en los convenios colectivos cláusulas específicas de igualdad de trato y no discriminación LGTBI+. Obliga, por ejemplo, a que las empresas de más de 50 trabajadores impartan cursos para evitar sesgos en entrevistas y ascensos. También que cuenten con módulos de formación específico contra el acoso LGTBI+, la creación de un protocolo con medidas específicas para evitar la discriminación contra el colectivo y medidas para favorecer la integración de las personas transexuales.
Medidas
Los bufetes de abogados, fiel termómetro de las reacciones empresariales a los vaivenes legislativos, reconocen que la normativa española supone un golpe en la mesa, pero existen dudas sobre su impacto real en el día a día de las mercantiles. “Sin duda España es el país más avanzado del mundo occidental en políticas de protección a este colectivo en el ámbito laboral”, valora Samuel González, socio de laboral del despacho Pinsent Masons. Pero muchos empresarios aún no saben “en qué medida afectará esta nueva normativa al día a día de los centros de trabajo”.
Por su parte, Carmen Galán Fernández, socia en Lener, reseña que, si bien la sensación es que existe un evidente avance cultural, a nivel de empresas “no se han venido implantando planes de acción”, remarca la jurista. Hay, bajo su análisis, más inquietud por “los plazos para implantar las medidas” que “sobre los contenidos”.
Pero la apuesta del Gobierno es clara. En una tribuna publicada en este medio, Julio del Valle de Íscar, director general para la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI+, insistía en que con este reglamento España se convertía en punta de lanza contra la lucha de la discriminación.
Los números de la discriminación en la oficina
España. Somos uno de los países más lgbtifriendly del mundo. En ello coinciden la práctica totalidad de observadores internacionales. Sin embargo, un 40% de las personas del colectivo LGTBI+ prefiere permanecer en el armario para evitar posibles represalias, según revela el último estudio del sindicato UGT. La misma encuesta señala que el 75% de las personas LGTBI+ consideran que no tiene las mismas oportunidades que las personas heterosexuales en el trabajo, porcentaje que se eleva hasta el 83% entre las personas transexuales.
Extranjero. La fotografía no cambia al mirar más allá de nuestras fronteras. Uno de los últimos estudios sobre la cuestión, publicado la semana pasada por la Universidad de Columbia, identificaba que el 63% de las personas LGTBI+ ha sufrido discriminación en sus carreras profesionales en Estados Unidos. En abril, la publicación británica DIVA y la consultora Kantar pusieron el dedo en que, a pesar de que la mayoría de mujeres lesbianas y bisexuales están fuera del armario en Reino Unido, una de cada diez afirma no sentirse cómoda mostrándose como es en la oficina. La brecha es más profunda en el colectivo transexual. Sobre todo en términos de acceso al mercado laboral, una de las grandes asignaturas pendientes. Un estudio de la consultora británica Crossland Solicitors, de 2018, reveló que uno de cada tres empleadores tenía reticencias para contratar a personas trans.
Sigue toda la información de Cinco Días en Facebook, X y Linkedin, o en nuestra newsletter Agenda de Cinco Días