El texto remitido se corresponde con el dictamen emitido por la Comisión de Igualdad en su sesión del 20 de junio que recoge el informe de la ponencia y las enmiendas aprobadas en la misma.
La iniciativa continúa su tramitación parlamentaria tras pronunciarse la Cámara este jueves sobre las enmiendas que los grupos parlamentarios han mantenido vivas. Finalmente, se ha aprobado la enmienda transaccional a la enmienda 35.
El objeto de dicha ley orgánica, según se expone, es “avanzar en la consecución del ejercicio real y efectivo del principio constitucional de igualdad” y “ahondar en el citado principio de presencia o composición equilibrada, hasta el punto de exigir una representación paritaria en determinados ámbitos y órganos”. Por ello, este proyecto de ley pretende introducir “sustanciales modificaciones en nuestro ordenamiento jurídico a fin de ahondar en esa realización efectiva de la igualdad de mujeres y hombres, esencialmente en los ámbitos decisorios de la vida política y económica” y “avanzar en la consecución del ejercicio real y efectivo del principio constitucional de igualdad, de acuerdo con el mandato que dirige a los poderes públicos el artículo 9.2 de la Constitución Española”.
El texto se estructura en doce capítulos, en los que se aborda, respectivamente, , la modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General; la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos constitucionales y de relevancia constitucional; la modificación de la Ley del Gobierno; la Ley del Régimen Jurídico del Sector Público; la transposición de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas y a medidas conexas; la modificación de la Ley sobre Colegios Profesionales; la modificación de la Ley de la radio y la televisión de titularidad estatal; la modificación de la Ley de Libertad Sindical; la modificación del Estatuto de los Trabajadores; la presencia equilibrada de hombres y mujeres en el Consejo de Estudiantes Universitario del Estado; la modificación de Funciones; y la modificación de la Ley del Tercer Sector de Acción Social.