Dentro de unos días entrará en vigor el Real Decreto-ley 6/2023, el cual va a suponer una importante reforma de la Justicia desde el punto de vista del entorno digital, así como en numerosos aspectos del proceso.
Hay sin embargo una reforma que está pasando más desapercibida pero que tiene también una importante relevancia desde la perspectiva de una Justicia más accesible para todos, y es la nueva redacción del artículo 109 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Dicho artículo establece que en los procesos en los que participen personas con discapacidad se realizarán las adaptaciones y los ajustes que sean necesarios, citando expresamente que todas las comunicaciones con personas con discapacidad se realicen en un lenguaje claro, sencillo y accesible, con uso de medios como la lectura fácil.
La Administración de Justicia se ha caracterizado desde siempre por el empleo de un lenguaje críptico, oscuro y complejo, bajo la excusa de la tecnicidad. Sin embargo, ser técnico y riguroso no tiene porque suponer la acumulación de gerundios, oraciones interminables y términos en desuso cuando existen alternativas de lenguaje común igual de válidas. Hace muchos años que existen tentativas de simplificación del lenguaje administrativo y judicial, con escaso éxito a mi juicio. Un ciudadano con la plenitud de sus capacidades pero sin conocimientos en derecho tiene de por sí claras dificultades para entender un emplazamiento o un requerimiento. Ello se ve multiplicado por mil en el caso de personas con discapacidad.
El nuevo artículo 109 nos impondrá a los trabajadores de la Justicia la obligación de atender a esas dificultades de comunicación y a intentar ser más claros en la redacción de nuestras resoluciones y en los actos orales. Deberemos formarnos en lenguaje sencillo y en técnicas que facilitan la comunicación, como son los pictogramas y otros sistemas de comunicación aumentativa y alternativa. A su vez, las administraciones competentes deben de hacer un esfuerzo estableciendo convenios con las asociaciones del sector, dotarnos de medios humanos e informáticos que nos faciliten esa comunicación más accesibles y ofrecernos la formación precisa. No es nada que no se haya hecho antes en otros sectores como el educativo.
La Justicia también debe de adaptarse a la diversidad funcional. Este artículo 109 puede ser un pequeño paso hacia una Justicia más accesible para todos, es decir, para una Justicia un poco más justa. Es un objetivo que merece la total implicación de trabajadores y operadores jurídicos.
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