La SIC concluyó que en la marca solicitante se encontraban elementos adicionales que aportaban a la diferenciación
Andes Brewing S.A. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Andes Brew Pub La Cerveza del Cerdo Volador para distinguir servicios de la clase 43 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales son los comprendidos como bares [pubs]; bares; servicios de bar; servicios de bares y restaurantes, entre otros.
Luego de la solicitud, Central Cervecera de Colombia S.A.S. presentó oposición ante las dos clases en cuestión con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
Central Cervecera de Colombia S.A.S., dueños de Heineken, Tecate, Sol, entre otras, aseguraron que las expresiones “Brew Pub” no se deben tener en cuenta, ya que son descriptivas, definiendo la palabra “Brew” como bebida cerveza y “Pub” como bar o el establecimiento donde se comercializan bebidas alcohólicas. Al igual que la palabra “Cerveza” tomada de igual forma como descriptiva. Por lo que para el análisis se debía tener en cuenta el elemento “Andes”, el cual era similar a la marca antes registrada Andina. Argumentaron que, en el plano gráfico, la figura estaba elaborada “tipo arte andino”, lo cual llevaba a que la asociación entre las marcas fuera mayor. Las líneas y formas de colores similares, además, llevaban a que fuera confundible con el signo opositor.
Andes Brewing S.A., representantes legales de la marca solicitante, indicaron que el hecho de separar las palabras del signo, de acuerdo a su relevancia, “pone en desventaja al solicitante y a la identidad de su marca, que claramente tiene un elemento ficticio que desea que prevalezca sobre los demás”. Agregaron que la marca opositora, al ser tan reconocida en el país, sería poco probable que los consumidores la confundieran con tanta facilidad.
En cuanto al análisis comparativo, la SIC encontró que los signos confrontados compartían algunas partículas, pero asimismo indicaron que el signo solicitado no estaba conformado solamente por “la expresión objeto de objeción”. Incluyeron que el signo opositor no se puede descomponer y que también habían encontrado elementos adicionales que generaban que al ser pronunciados y transcritos producían una impresión distinta en el consumidor, permitiendo de esa manera que ambas marcas se pudieran diferenciar en el mercado.
Finalmente, la SIC decidió conceder el registro de la marca Andes Brew Pub La Cerveza del Cerdo Volador.