La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) advirtió el pasado viernes, 15 de noviembre de que una disposición del proyecto de la Ley de Eficiencia Procesal, que se aprobó esa semana en el Congreso de los Diputados, permitirá que los juristas que suelen ejercer como jueces sustitutos entren a la carrera judicial «por la puerta de atrás».
Se trata de la disposición final decimonovena nonies (nueva) que, según señaló, tiene como finalidad «acabar con la temporalidad, aumentar el número de efectivos y fortalecer las carreras judicial y fiscal».
La disposición encarga al Gobierno que en «en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley» presente en las Cortes Generales «un proyecto de ley orgánica para garantizar el cumplimiento de los estándares europeos fijados en la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, conforme a la interpretación realizada por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)».
«Este proyecto de ley orgánica acomodará el régimen retributivo y de seguridad social de magistrados suplentes y jueces sustitutos a los principios de independencia económica y protección durante el servicio activo y la jubilación, conforme a lo dispuesto en el artículo 402 de la Ley Orgánica del Poder Judicial», rezó.
El proyecto de ley fue aprobado el pasado jueves en el Congreso de los Diputados, con lo que ahora pasará al Senado y, previsiblemente, quedará convertido en ley para entrar en vigor el próximo enero.
El portavoz de la AJFV, Sergio Oliva, trasladó a la prensa durante la clausura de la 38ª asamblea general de dicha asociación judicial que la misma está «tremendamente preocupada» porque esto «supone la posibilidad de que magistrados suplentes y jueces sustitutos puedan entrar por la puerta de atrás a la carrera judicial».
En conversación con Europa Press, explicó que el punto de partida para interpretar dicha disposición es una reciente sentencia del TJUE, referida a un caso de jueces italianos, donde se estableció la prohibición de encadenar contratos en la administración pública, lo que ha dado lugar a una reivindicación del colectivo de magistrados suplentes y jueces sustitutos –unos 900– para consolidar su plaza como personal indefinido.
Oliva apreció este objetivo en la citada disposición porque alude a la jurisprudencia europea y por la equiparación en el régimen de seguridad social, ya que el de jueces y magistrados es un régimen especial.
Un sistema de mérito y capacidad
El portavoz de la AJFV recordó que «el sistema de oposición actual, tanto por el turno libre como por el del cuarto turno, son sistemas que garantizan la independencia, la imparcialidad, el mérito, la capacidad, la igualdad de los jueces y de las juezas que integran la carrera judicial».
«Y, por tanto, exigiremos que no se pueda producir este fenómeno de entrada por la puerta de atrás y perturbar los principios constitucionales que caracterizan la carrera judicial», dijo.
A ello añadió, en declaraciones a esta agencia de noticias, que la consolidación de esas 900 plazas supondría reducir las disponibles en el sistema de oposición, afectando con ello a las posibilidades del «cuerpo de opositores a las carrera judicial y fiscal, que es enorme», de obtener puesto.