La pena aumenta hasta en la mitad si la conducta se da en un bosque, recurso florístico o en área de especial importancia ecológica
Con los cinco incendios en los cerros orientales de Bogotá y en departamentos como Santander y Boyacá, y más de 586 alertas rojas en todo el territorio nacional, autoridades locales y nacionales han recordado la importancia de la prevención para evitar que se generen más incendios en el contexto del fenómeno de El Niño.
La ministra de Ambiente, Susana Muhamad, señaló que según recuento histórico, 80% de los incendios se dan por causas humanas ya sea por imprudencia con quemas agrícolas, hogueras, fogatas o hasta con un cigarrillo, o las que son intencionadas.
Para estas personas que provoquen incendios se hay multas contempladas en la legislación colombiana, “las personas que se pruebe que generaron incendios de forma premeditada pueden estar enfrentando 15 años de prisión y multas por hasta $6.500 millones”, recordó Muhamad.
Claudia Gafner-Rojas, consultora jurídica de derecho ambiental, señaló que en el artículo 350 del Código penal colombiano se hace referencia al delito de incendio, y en su párrafo segundo establece pena de “prisión de 32 a 180 meses y multa de 133 a 750 salarios mínimos legales mensuales vigentes si la conducta se realizare en inmueble o en objeto de interés científico, histórico, cultural, artístico o en bien de uso público o de utilidad social”.
Adicional, la pena se aumentará hasta en la mitad si la conducta se comete en un bosque, recurso florístico o en área de especial importancia ecológica.