La Comisión de Economía aprobó en particular un proyecto (boletín 17049) que modifica el Código del Trabajo. Su objetivo es extender la duración del permiso postnatal parental.
La comisión aprobó en particular la norma que modifica el Código del Trabajo para extender la duración del permiso postnatal parental. El texto continuará su tramitación en las comisiones de Trabajo y de Hacienda.
La medida busca garantizar que ambos padres puedan pasar más tiempo de calidad con su hijo o hija. De tal manera, se espera generar mayor apego y garantizar corresponsabilidad en la crianza.
El proyecto establece que el padre tendrá derecho a un permiso pagado de cuatro semanas en caso del nacimiento de un hijo o hija. Corresponderán tres semanas continuas desde el momento del nacimiento y una semana distribuible dentro del primer año, desde la fecha del nacimiento. Se excluye el descanso semanal.
Salvo cualquier estipulación en contrario, tanto la madre como el padre que hagan uso de este permiso deberán conservar sus empleos o puestos durante dichos periodos establecidos.
El texto legal sostiene que las trabajadoras tendrán derecho a un permiso postnatal parental de cuarenta semanas, a continuación del período postnatal, durante el cual percibirá un subsidio que se calculará de la siguiente manera:
Las primeras 28 semanas, la madre percibirá el 100 % del subsidio por descanso de maternidad.
Las siguientes 12 semanas percibirá un subsidio equivalente al 80% del subsidio por descanso de maternidad.
En las últimas 12 semanas, la madre trabajadora percibirá el 50% del subsidio por descanso de maternidad.
Con todo, la trabajadora podrá incorporarse a sus labores a partir de la décimo tercera semana, contada desde el término del permiso postnatal por la totalidad de su jornada. En caso contrario y mientras se mantuviera en uso de este permiso, percibirá el subsidio que le hubiese correspondido.
Se indica que las últimas 24 semanas del mismo podrán ser transferidas al padre por el número de semanas que la madre indique. Las semanas utilizadas por el padre deberán ubicarse en el periodo final del permiso y darán derecho al subsidio establecido, calculado en base a sus remuneraciones.
No obstante lo anterior, si la madre no decide transferir las últimas semanas al padre y no desea hacer uso de este permiso, podrán reincorporarse a sus funciones.
Para ejercer el derecho, la trabajadora deberá dar aviso a su empleador mediante carta. Esta debe ser certificada y enviada con, a lo menos, 30 días de anticipación a la fecha de su reincorporación con copia a la inspección del trabajo.
La normativa entrará en vigencia noventa días después de su publicación en el Diario Oficial.