El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunció el pasado mes de mayo sobre el tramo autonómico del impuesto de los hidrocarburos. La resolución dio un tirón de orejas a España y declaró ilegal que las comunidades autónomas pudiesen aplicar una tarifa extra para un mismo producto en función del territorio. Este impuesto estuvo vigente durante cinco años, desde 2013 hasta 2018. Un año más tarde, el Gobierno derogó este tributo autonómico y estableció uno único para todo el país. Ahora, los juristas están barajando las opciones para que los actores afectados puedan reclamar una devolución de los ingresos que obtuvieron las autonomías durante ese lustro y puedan recuperar el dinero que les corresponde por cargar con un gravamen que es contrario al derecho comunitario.
El Tribunal Supremo ya se ha pronunciado sobre este asunto. En varias sentencias, del pasado mes de septiembre, los magistrados aclararon quiénes son los sujetos que pueden reclamar la devolución del tramo autonómico del impuesto sobre los hidrocarburos. El alto tribunal dijo en sus resoluciones que son los operadores petroleros y los depósitos fiscales (almacenes de mercancía) los que tienen derecho a reclamar la devolución del tributo ilegal por ingresos indebidos, como ya estableció la sentencia que resolvió el caso de la petrolera canaria DISA.
Para reclamar el monto, apunta José Antonio Martín Sierra, exfuncionario de la Agencia Tributaria experto en impuestos especiales, las empresas petroleras que se vieron perjudicadas debían acudir “al artículo 122 de la Ley General Tributaria, para ejercer su derecho de rectificación de las autoliquidaciones de los años en los que ha estado vigente el impuesto y exigir la devolución de ingresos indebidos”. Cabe precisar que las petroleras tenían de plazo hasta 2023 para exigir la devolución; en caso contrario, ya no tienen opción para reclamar a Hacienda.
Las petroleras no son las únicas afectadas por el fiasco del impuesto. Pese a que el Supremo solo ha respaldado el derecho de estas compañías a la devolución por la vía tributaria, todavía hay una ventana abierta para los perjudicados.
Como señala José Manuel Almudí, profesor titular de Derecho Financiero y Tributario y director de la escuela de práctica jurídica de la UCM, la reciente jurisprudencia del alto tribunal no cierra la puerta a que otros actores, como los consumidores, puedan reclamar una indemnización. “El Supremo no dice, como he leído por ahí, que los transportistas, por ejemplo, no puedan obtener la devolución del tramo autonómico del impuesto de hidrocarburos”, apunta el experto. “Lo que ha dicho es que los perjudicados no pueden reclamar por la vía tributaria”, aclara.
Vías para consumidores
Puesto que el Supremo ha rechazado que los consumidores puedan reclamar directamente a Hacienda, ¿qué alternativas existen para poder solicitar el tramo autonómico? Según los expertos, los perjudicados tienen dos posibilidades: reclamar por la vía civil o bien por la patrimonial para obtener una compensación económica por los daños provocados.
Si se acude a la vía civil, los consumidores que se han visto perjudicados por el precio, es decir, que han pagado la gasolina con los impuestos ya aplicados, “podrán interponer una acción de enriquecimiento injusto frente al sujeto que ha soportado la repercusión legal y ha obtenido la devolución del impuesto”, señala Almudí. En caso de acudir a la vía patrimonial, las personas podrán reclamar a la Administración autonómica una compensación económica por las pérdidas provocadas por el impuesto. Asimismo, junto a la reclamación del tributo, “los perjudicados podrán obtener una indemnización por los intereses de demora”, añade el experto.
Los fiscalistas afirman que ambas jurisdicciones son válidas, pero la vía a utilizar por el consumidor afectado por el precio “debe analizarse en función de las circunstancias de cada sujeto”, matiza Almudí.
Habrá que esperar las resoluciones judiciales para ver cuánto dinero se recupera finalmente de este impuesto. Pese a que el tramo autonómico es ilegal y los afectados tienen derecho a recuperar las pérdidas, advierte José Antonio Martín Sierra, “una parte sustancial se va a quedar en las arcas del Estado”.
Colectivos perjudicados por el gravamen
Transportistas. El tramo autonómico fue un impuesto que gravó el volumen del precio de la gasolina, por lo que afecta a camiones y vehículos de mercancías . También involucra a los pasajeros que hayan pagando por subirse a estuvieron a bordo de un vehículo de transporte ligado al impuesto.
Taxis. Al igual que los transportistas, también tienen derecho a reclamar. No obstante, este gremio presenta algunas particularidades. “Solo los taxis que tengan licencia y taxímetro tendrán derecho a la devolución”, señala José Antonio Martín Sierra, exfuncionario de la Agencia Tributaria experto en impuestos especiales.
Construcción. El colectivo de la construcción emplea gasóleo para las máquinas (como las grúas). “Se trata de un sector que tiene un elevado consumo, por lo que tiene posibilidades de obtener la devolución del tramo autonómico”, apunta Martín Sierra.
Transporte aéreo y marítimo. Las embarcaciones y aeronaves también son un sector perjudicado. Pero, ojo, solo tendrán derecho a reclamar “aquellos que no sean de uso privado de recreo porque están exentos del impuesto”, subraya el especialista.
Sector agrícola. La agricultura tiene un elevado consumo petrolero porque utilizan máquinas pesadas que funcionan con gasóleo bonificado. No obstante, advierte Martín Sierra, hay algunas autonomías, como Navarra, Aragón o Cantabria, que no tenían un tramo autonómico sobre este hidrocarburo de gasóleo, por lo que no todo el sector podrá reclamar la devolución del tributo.