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En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por 10 años al exministro de Relaciones Exteriores, Álvaro Leyva Durán, al encontrar probado que desconoció los principios de la contratación estatal al declarar desierta la licitación pública para la fabricación y expedición de pasaportes.
Según la Procuraduría, Leyva incurrió en faltas disciplinarias graves al tomar la decisión sin contar con los fundamentos fácticos, jurídicos y técnicos necesarios. Se argumenta que esta acción violó los principios de la contratación estatal, que exigen transparencia, responsabilidad y una justificación sólida en las decisiones que afectan el interés público.
En su defensa, Leyva ha sostenido que actuó de buena fe y de acuerdo con la normativa vigente. Durante el proceso, ofreció una versión libre en la que explicó que sus decisiones fueron motivadas por el interés general y económico de la población, asegurando que siempre se alineó con los principios de transparencia y responsabilidad, y que su objetivo fue proteger los derechos de los colombianos.
La Procuraduría General consideró que Leyva vulneró los principios de la contratación estatal al declarar desierta la licitación pública para la fabricación y expedición de pasaportes.
La Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento concluyó que la decisión tomada por Leyva no tenía como objetivo garantizar la selección objetiva, y que carecía de un respaldo legal adecuado. El Ministerio Público determinó que el excanciller declaró desierta la licitación basándose en que solo había un único oferente, lo cual no justificaba esa medida, ya que dicho oferente cumplió con todos los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones.
El procurador Delegado de la Sala Ordinaria de Juzgamiento, Ernesto Jesús Espinosa Jiménez, dijo que “se absolvió del cargo de la falta disciplinaria que guardaba relación con el hecho de haber declarado la urgencia manifiesta, por cuanto la sala consideró que para el 14 de septiembre del año 2023 el ministro no tenía una opción distinta que acudir a la declaratoria de urgencia manifiesta”.
El ente de control consideró que la actuación de Leyva constituyó una falta gravísima, cometida con dolo, al ignorar los principios de transparencia, economía y responsabilidad que rigen la contratación pública.
No obstante, la Procuraduría decidió absolverlo en relación con la declaración de urgencia manifiesta que llevó a la contratación directa del proceso fallido. Además, la decisión enfatizó que esta sanción puede ser apelada ante la Procuradora General de la Nación.