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Quedan menos de dos meses y medio para navidad y fin de año, y las personas ya empezaron a preparar sus destinos en la temporada decembrina. Muchas de estas deciden quedarse en hoteles para su estadía, pero puede que, en ocasiones, los usuarios sufran accidentes dentro de los establecimientos, ¿qué pasa si es culpa del lugar?
Camilo Duarte, fundador de Consumerista, dijo que, para estos casos,aplica el ámbito al derecho al consumo, por lo que sí un consumidor turista sufre algún tipo de lesión durante el disfrute de un servicio turístico, el prestador debe responder por el incumplimiento la efectividad de la garantía. Esto se contempla en el numeral cuatro del artículo 71 de la Ley 300 de 1996, modificado por el artículo 28 de la Ley 2068 de 2020.
Lorenzo Villegas Carrasquilla, socio en CMS Rodríguez-Azuero, añadió que, en la Cartilla de Derechos, Deberes y Recomendaciones para el Consumidor Turista, elaborada por la Superintendencia de Industria y Comercio, se establece como uno de los derechos del consumidor turista, el derecho a la reclamación.
“Esto es el derecho a reclamar directamente ante el productor, proveedor o prestador y obtener reparación integral, oportuna y adecuada de todos los daños sufridos, así como tener acceso a las autoridades judiciales o administrativas para el mismo propósito, en los términos de la Ley 1480 de 2011. Las reclamaciones podrán efectuarse personalmente o mediante representante o apoderado”, enfatizó Carrasquilla.
Agregó que, si un consumidor se lesiona a causa de productos defectuosos de un hotel, este puede ser responsable por las lesiones causadas, debido a la falta de seguridad en sus instalaciones. Este cuenta con el derecho a la seguridad y a no sufrir daños en condiciones normales de uso, por lo que, si se incumple este fundamento, el establecimiento puede ser demandado por los perjuicios ocasionados.
¿Qué puede hacer el usuario afectado?
El socio en CMS Rodríguez-Azuero explicó que los afectados pueden presentar una reclamación directa ante el hotel, exigiendo una reparación integral por los daños sufridos. Si no se resuelve mediante este mecanismo, puede acudir a la jurisdicción ordinaria a través de una demanda civil.
“Los prestadores de servicios de alojamiento turístico deberán contar con una póliza de seguro de responsabilidad contra daños a huéspedes y a terceros. Esto, con el fin de cubrir cualquier siniestro que se presente.Se establece que debe cubrir como mínimo, riesgos de muerte, incapacidad permanente, temporal, lesiones, daños a bienes de terceros y gastos médicos”, destacó.
Natalia Vargas, asociada de derecho de la competencia y el consumo de OlarteMoure, añadió que, dentro de la industria hotelera, estos deben revisar constantemente el estado de las instalaciones, y que estas se encuentren seguras para el disfrute de sus huéspedes, ya que los hoteles son responsables de los daños o defectos que se presenten en el servicio que se está prestando.
Camilo Duarte, fundador de Consumerista, agregó a los métodos de defensa de los usuarios, que estos pueden acudir a la SIC para denunciar la posible configuración de la conducta, al no haberse cumplido con la efectividad de la garantía en los términos expuestos.
Los analistas concluyeron que, si estos casos se escalan a la muerte de una persona por cualquier lesión y que esta sea culpa de hotel, este deberá hacer una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a la familia del usuario involucrado. Este proceso puede ser llevado a cabo, ya sea por la vía judicial, o por una reclamación directa, buscando una reparación integral para los afectados.